Federal Alliance of European Federalists

Artículo 4.

Objetivo y estrategia

  1. El objetivo de la Asociación es promover la consecución de una Europa federal, basada en una constitución democrática que defienda los valores e intereses comunes de todos los Estados, regiones y comunidades de Europa que deseen ser miembros de la propuesta de Federación Europea.
  2. La Asociación tratará de alcanzar este objetivo, entre otras cosas, mediante la siguiente estrategia:
    (a) reunir a las organizaciones federalistas y proeuropeas en una federación paraguas para reforzar su grado de unidad, de acuerdo con la regla básica de la organización federal: todos los poderes que no corresponden a la junta directiva de la asociación permanecen en manos de las organizaciones adherentes y de sus miembros.
    (b) informar plenamente a los federalistas compartiendo el conocimiento y la comprensión de la historia conceptual y rica del federalismo mediante iniciativas de comunicación adecuadas y programas de aprendizaje ad hoc.
    (c) La lengua de trabajo de la Asociación será el inglés. Con el fin de promover el diálogo entre los miembros y los ciudadanos europeos, no se excluye el uso de otras lenguas. 

Artículo 6.

Miembros.

  1. La Asociación estará abierta a todos los grupos organizados que estén a favor de la necesidad de promover cuanto antes una Europa federal más unida, fuerte y democrática.
  2. Todas las asociaciones, movimientos, partidos, sindicatos, institutos académicos, grupos de reflexión y otras organizaciones que acepten el objetivo y la estrategia de los presentes Estatutos y las directrices internas de la FAEF podrán ser admitidos como miembros ordinarios de la Asociación, conservando sus propias culturas e ideales específicos, objetivos y medios, administraciones y estructuras organizativas, sin obligación de fusionarse entre sí. 
  3. Toda organización que desee convertirse en miembro de la Asociación suscribiendo el objetivo de la misma deberá presentar su solicitud de adhesión a la Junta Directiva de la Asociación. La solicitud deberá ir firmada por un representante legal y contener:
    (a) una decisión, aprobada por la Asamblea General o el órgano interno responsable de la organización arriba mencionada que solicite convertirse en miembro de la Asociación, que comprenda y acepte el presente Estatuto y cualesquiera directrices;
    (b) una copia de los estatutos y de cualquier directriz de la organización que solicita convertirse en miembro de la Asociación. 
  4. Podrá ser miembro de la Asociación cualquier organización, asociación u organismo establecido en el territorio de la Unión Europea. La Junta Directiva evaluará, caso por caso, la posibilidad de admitir organizaciones, asociaciones u otros organismos residentes en Estados, regiones o territorios que no formen parte de la Unión Europea y, al hacerlo, evaluará la compatibilidad con los fines de la Asociación, las leyes de los Estados, regiones o territorios de referencia y las leyes de la Unión Europea. En caso de denegación, la Junta Directiva deberá presentar un documento escrito en el que se expongan los motivos. 
  5. Al solicitar la admisión en la Asociación como miembro de pleno derecho, la organización solicitante deberá abonar la cuota de afiliación. 
  6. Las cuotas de afiliación y todas las contribuciones no pueden transferirse a terceros.


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