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Reply To: Modificaciones al Art. III – Propuesta de José Luis Cuba Valenzuela

By Giuseppe Martinico


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#2458
AvatarGiuseppe Martinico
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Lo que escribe sobre la Comisión de Venecia y el funcionamiento de la democracia suiza es bastante simplificado. Ni siquiera en Suiza se puede hacer todo por referéndum. Recomiendo esta lectura.
https://ukconstitutionallaw.org/2017/04/04/lea-raible-and-leah-trueblood-the-swiss-system-of-referendums-and-the-impossibility-of-direct-democracy/

Relegar el constitucionalismo postotalitario a la historia significa estar preparado para caer en los errores del totalitarismo.
Sólo los populistas rechazan el importante papel de los parlamentos y la democracia representativa.
Las constituciones prevén un reparto de competencias entre lo que se puede hacer por referéndum y lo que no se puede hacer por referéndum. No hay más que ver el Brexit para ver la confirmación de la necesidad de instituciones representativas y los riesgos de los referendos ilimitados. La democracia no consiste sólo en el gobierno de la mayoría, sino sobre todo en la protección de las minorías.

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